Mariano Cúneo Libarona y la diversidad sexual: qué leyes y tratados internacionales garantizan el derecho a la identidad de género en la Argentina
A pesar de los dichos de Cúneo Libarona, la identidad de género está garantizada por ley en la Argentina.
- El Ministro de Justicia de la Nación causó controversia con sus dichos sobre diversidad sexual. “Nosotros rechazamos la diversidad de identidades sexuales que no se alinean con la biología. Son inventos subjetivos”, dijo el funcionario.
- Diversas leyes nacionales garantizan la diversidad sexual y la no discriminación, como la Ley de Identidad de Género, la Ley de Matrimonio Igualitario, la Ley de Reproducción Asistida y el Código Civil y Comercial de la Nación.
- A nivel internacional, diversos organismos se han pronunciado sobre la identidad de género y la diversidad sexual. En junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos aprobó la primera resolución de las Naciones Unidas sobre orientación sexual e identidad de género.
El ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, estuvo presente en la Comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados el martes último y habló sobre la identidad de género. “Nosotros rechazamos la diversidad de identidades sexuales que no se alinean con la biología. Son inventos subjetivos”, dijo el funcionario.
Los dichos de Cúneo Libarona, que había sido convocado a Diputados por el cierre de la Subsecretaría de Protección contra la Violencia de Género y para abordar políticas públicas en materia de géneros y diversidades, causaron controversia rápidamente en el debate público.
¿Qué dice la ley argentina sobre la identidad de género? ¿Qué leyes y tratados internacionales fueron ratificados por nuestros país sobre este tema? ¿Por qué es un derecho la diversidad sexual?
La identidad de género está garantizada por ley
A pesar de los dichos de Cúneo Libarona, la identidad de género está garantizada por ley en la Argentina. El 9 de mayo de 2012 -durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (Frente para la Victoria)- se sancionó la Ley N° 26.743, que reconoce el derecho de las personas a ser inscriptas en su DNI y otros documentos personales acorde con el nombre de elección y el género con el que se autoperciben.
La norma entiende como identidad de género “a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”, que puede “involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido”. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.






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